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Qué hacer en caso de discriminación laboral por embarazo

Por IntFormalities
Actualizado el 25 de enero, 2024
Tiempo estimado de lectura: 7 minutos

En la escuela aprendemos que la familia es la célula fundamental de la sociedad, pero lamentablemente cuando se trata de números y producción en una empresa, algunos jefes o dueños pueden creer que sus cifras económicas pueden verse afectadas al contratar o mantener empleados en gestación o en capacidad de procrear.

A esto se le llama discriminación y ocurre cuando un empleador trata a una empleada o postulante a un empleo de manera desfavorable (pago desigual, limitación de horas, obstaculización de ascensos y beneficios y otros) por causa de embarazo, maternidad o afecciones médicas relacionadas. Debe saber que esto es ilegal en Estados Unidos y existen vías legales para defender este derecho. Y aunque este trato diferente puede ser intencional o no, conlleva consecuencias.

La disposición legal al respecto es el Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964 y la Ley de Discriminación por Embarazo de 1978 (PDA), sin embargo puede haber ampliaciones o cambios legales diferentes según el estado.

Se le llama discriminación y ocurre cuando un empleador trata a una empleada o postulante a un empleo de manera desfavorable.
Se le llama discriminación y ocurre cuando un empleador trata a una empleada o postulante a un empleo de manera desfavorable.

¿Cómo saber si estás siendo discriminada por asuntos de maternidad?

Para saber si realmente puede estar ante un caso de maltrato o violación de derechos, lea las siguientes consideraciones:

  • Bajo ninguna justificación se puede efectuar un despido por embarazo o cualquier condición relacionada con la maternidad o el parto. Esto por supuesto incluye el respeto a la incorporación al puesto de trabajo una vez que nazca el bebé.
  • Un empleador o dueño de negocio no puede tratar de forma diferente a una mujer con relación a otros trabajadores en función de la capacidad reproductiva, aunque resulte paradójico ni siquiera puede alegar que alguna de las actividades que realice la trabajadora puede dañar al feto.
  • Si una mujer califica para un cargo, está en proceso de contratación y se entera de su embarazo, la empresa no puede negarse a incluirla como empleado alegando la maternidad como causa.
  • Las decisiones relacionadas con asignaciones, programación, promociones o descensos de categoría no se pueden basar en el embarazo actual del empleador o la posibilidad de uno futuro. Puede haber casos por ejemplo en que un empleador bloquea un ascenso por suponer que una mujer planea tener hijos pronto porque está casada y en edad fértil.
  • Si una mujer requiere condiciones especiales razonables por su embarazo como evitar cargar objetos pesados, el empleador no puede negarse a ello, así como tampoco objetar licencias médicas por complicaciones del embarazo o intervalos de descanso posteriores al parto para amamantar al bebé.
  • Tampoco puede ser discriminada la mujer que sufra incapacidad posterior al parto como podría ser diabetes gestacional, preeclampsia o alguna otra condición física o emocional que se haya derivado de la gestación o el parto.
Si una mujer requiere condiciones especiales por su embarazo como evitar cargar objetos pesados, el empleador no puede negarse a ello.
Si una mujer requiere condiciones especiales por su embarazo como evitar cargar objetos pesados, el empleador no puede negarse a ello.

Los pasos para probar y establecer un caso de discriminación por embarazo

Si usted considera que se haya en alguna de las situaciones antes mencionadas y que ello la ha afectado de alguna manera (pérdida de salarios o de oportunidades profesionales o de ascenso, o incluso angustia emocional y sufrimiento mental), puede iniciar el proceso legal de reclamo a su empleador.

Una de las cosas que deberá tener es evidencia, la cual puede basarse en: un registro de los sucesos de discriminación de los que ha sido objeto; lista de personas involucradas y testigos dispuestos a apoyarle con declaraciones; reportes, correos electrónicos, comunicaciones o cualquier otro documento que haya enviado a Recursos Humanos o a su supervisor; todos los documentos que muestren su desempeño responsable en la empresa y que sean muestra de la calidad de su trabajo ante cualquier argumento de su contratante. Algo que tiene que saber es que estas acciones pueden afectarle psicológica y emocionalmente así como también a su familia, por lo cual debe prepararse adecuadamente.

¿Ante cuál organismo debe presentar su demanda por discriminación de embarazo?

El organismo encargado del derecho de igualdad de los trabajadores es la Comisión Federal para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC o U.S. Equal Employment Opportunity Commission en inglés) y puede revisar el tema aquí. También puede recurrir a la agencia de empleo de su estado o a un tribunal civil.

Debe saber además que un individuo, una organización o un organismo pueden presentar un cargo en nombre de otra persona a fin de proteger la identidad de quien sufrió el agravio. Y el tiempo de la denuncia es de 180 días calendario a partir del día en que se produjo el evento (aunque mientras más temprano, mejor). Si se produjo más de un episodio discriminatorio, normalmente, el plazo se aplica a cada uno de ellos.

Puede hacer una consulta inicial con la EEOC pero eso NO constituye la denuncia o radicación de un cargo de discriminación. Una vez que someta esta consulta, un empleado del EEOC (por sus siglas en inglés) se comunicará con usted en los próximos 30 días, pero después de ese plazo si no ha recibido noticias debe llamar al 1(800) 669-4000. En la página de la EEOC se indica que “es importante que actúe con premura para que sus preocupaciones sean atendidas prontamente y para asegurar que un cargo de discriminación, de ser radicado, esté a tiempo o sea dentro de los límites provistos por la ley para la radicación de un cargo”.

Si ud. está sufriendo discriminación puede hacer una denuncia en una oficina del EEOC.
Si ud. está sufriendo discriminación puede hacer una denuncia en una oficina del EEOC.

En este enlace puede ubicar la oficina más cercana de la EEOC de cualquiera de las 53 en todo el país. No aceptan consultas en línea por lo cual deberá asistir a la dependencia, puede ir acompañada o no, por un familiar, traductor o abogado si lo requiere. Puede también iniciar el proceso por teléfono llamando al 1-800-669-4000 para presentar información básica, aunque esto no le exime de asistir en algún momento a la oficina.

También puede usar el correo ordinario o físico para presentar un cargo por medio de una carta en la que debe incluir la siguiente información:

  • Su nombre, dirección y número de teléfono.
  • El nombre, la dirección y el número de teléfono del empleador (o del sindicato o la agencia de empleo) en contra de quien desea presentar un cargo.
  • La cantidad de empleados del lugar (si la conoce).
  • Una breve descripción de los eventos que considera discriminatorios (por ejemplo, lo despidieron, lo degradaron o lo acosaron).
  • La fecha en la que se produjeron los eventos.
  • El motivo por el que cree que sufrió discriminación.
  • Su firma.

Con estos datos, la Comisión revisará toda la información y si requiere algo adicional se comunicará con usted para hacer el seguimiento. Y si tiene mas preguntas sobre el proceso, puede llamar al 1-800-669-4000 o escribir al info@eeoc.gov.

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