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Formulario I-765: solicita o renueva tu autorización de empleo

Por Heidy Ramirez • Actualizado el 02 de octubre, 2026 • Tiempo estimado de lectura: 7 minutos

El formulario I-765 sirve para solicitar un documento de autorización de empleo (EAD) en las categorías que USCIS permite. No toda persona extranjera necesita pedirlo para trabajar: algunos estatus ya autorizan el empleo. La categoría de elegibilidad determina qué pruebas, tarifa y vía de presentación necesitas.

La edición aceptada sigue siendo 08/21/25. Por la orden judicial del 14 de septiembre de 2026, USCIS no acepta la edición 09/15/26. Esta guía explica cómo preparar la solicitud inicial, renovación o reposición y qué revisar antes de enviarla.

Identifica tu categoría de autorización de empleo

Elige la categoría que corresponde a tu situación real, no la que tenga una tarifa menor. La página oficial del I-765 y sus instrucciones detallan los códigos y las pruebas. El formulario no crea por sí mismo un estatus migratorio ni garantiza un permiso de trabajo.

Por ejemplo, un ajuste de estatus pendiente suele usar (c)(9), un solicitante de asilo (c)(8) y ciertas solicitudes de OPT de estudiantes usan (c)(3). Cada grupo tiene condiciones distintas. Si solicitas por un I-485 pendiente, adjunta la evidencia de ese expediente cuando presentes el I-765 por separado.

Completa la solicitud y reúne los documentos

Indica si pides autorización inicial, renovación o reemplazo de una tarjeta, y escribe correctamente el código de elegibilidad. Mantén coherentes nombre, fecha de nacimiento, número A cuando corresponda y datos de entrada con tus documentos. Una firma ausente o inválida puede causar rechazo.

Dos personas revisando papeles y preparando una solicitud en una mesa.
Revisa que los documentos de respaldo correspondan a la categoría indicada en tu solicitud I-765.

Prepara copia del I-94 o documento de viaje exigido, identificación y evidencia de tu categoría. Si tienes un EAD anterior, incluye las copias que indiquen las instrucciones. Para el expediente en papel, prepara dos fotografías tipo pasaporte de 2 por 2 pulgadas conforme a los requisitos; en línea sigue las indicaciones de carga.

Descarga todas las páginas de la edición 08/21/25. No mezcles páginas de versiones distintas. Si alguien interpreta o prepara la solicitud, completa los apartados correspondientes y sus firmas. Consulta la noticia sobre las ediciones de USCIS para entender por qué una edición con fecha más nueva no necesariamente es la aceptada.

Comprueba la tarifa base y los cargos adicionales

La tarifa general es de 520 dólares en papel o 470 dólares en línea cuando tu categoría permite esa vía. No es una tarifa universal: hay importes reducidos, exenciones y cargos legales adicionales. Usa la fila exacta de tu categoría en el apéndice C de la tabla oficial G-1055.

Si pagaste un I-485 presentado desde el 1 de abril de 2024 y sigue pendiente, la tarifa del I-765 es de 260 dólares. Para ciertos I-485 pagados y presentados desde el 30 de julio de 2007 hasta antes del 1 de abril de 2024, es de 0 dólares mientras ese ajuste sigue pendiente.

Para una solicitud inicial ordinaria de asilo (c)(8), la tarifa base es de 0 dólares, pero el cargo legal adicional es de 560 dólares al 1 de octubre de 2026. Para solicitudes iniciales de TPS y muchos casos de parole, ese cargo se suma a la tarifa base aplicable. Hay excepciones específicas; no deduzcas el total solo del código sin leer la fila completa.

El aviso de USCIS del 30 de septiembre de 2026 eleva ese cargo inicial de 560 a 570 dólares para solicitudes con matasellos desde el 16 de octubre de 2026. No está vigente el 1 de octubre. El G-1055 consultado distingue además 275 dólares adicionales para renovación de asilo y 280 dólares para renovaciones de TPS y muchos casos de parole; se suman a la base que corresponda.

Los cargos de la ley Pub. L. 119-21 no se pueden dispensar con una exención de tarifa ordinaria y deben pagarse por separado. La tabla también contiene excepciones judiciales concretas, como ciertos beneficiarios del acuerdo Ms. L.; no las extiendas a todos los solicitantes de parole.

Para solicitudes por correo, USCIS indica pago electrónico mediante tarjeta con G-1450 o débito de una cuenta bancaria estadounidense con G-1650. Si calificas para la excepción al pago electrónico, debes adjuntar G-1651 y el pago permitido. No uses un cheque o money order por costumbre sin comprobar esa excepción. Los trámites en línea se pagan dentro del sistema.

Elige el envío y anticipa la renovación

Presenta en línea solo si USCIS habilita tu categoría; de lo contrario, envía el expediente a la dirección que corresponda al código y al supuesto de presentación. Guarda copia de todo y el recibo de aceptación. Si eres dependiente y necesitas extender tu estatus, revisa también el I-539: es un trámite distinto del permiso de trabajo.

USCIS recomienda, en general, pedir la renovación hasta 180 días antes del vencimiento, con ventanas particulares para ciertas categorías. No apliques ese plazo sin revisar las reglas de tu grupo. En asilo, el reloj y los retrasos atribuibles al solicitante afectan cuándo puede pedirse y concederse el EAD.

Las renovaciones presentadas desde el 30 de octubre de 2025 no reciben la extensión automática general del EAD. Hay excepciones establecidas por ley o avisos específicos, especialmente de TPS, y reglas transitorias para solicitudes anteriores. El recibo de una renovación nueva no autoriza por sí solo a seguir trabajando con una tarjeta vencida; consulta las extensiones de autorización de empleo.

Sigue el caso y distingue rechazo de denegación

El aviso de recibo permite consultar el expediente; no equivale a una aprobación. Responde a las solicitudes de evidencia y mantén actualizada la dirección. Un rechazo por falta de firma, edición incorrecta o pago erróneo requiere corregir la recepción; una denegación implica una decisión que debes leer antes de volver a solicitar.

Cuando se aprueba el I-765, USCIS indica que la tarjeta debería producirse dentro de dos semanas; la entrega postal se añade a ese plazo. No confundas ese tiempo posterior a la aprobación con la duración total del trámite.

Preguntas frecuentes

¿Un menor de 14 años puede solicitar un EAD?

Un menor de 14 años puede tener una categoría migratoria que permita solicitar un EAD, y sus padres o tutor pueden firmar por él conforme a las instrucciones. La elegibilidad migratoria no depende de una supuesta edad laboral federal única. Las restricciones laborales por edad son una cuestión diferente.

¿Puedo retocar la fotografía antes de adjuntarla?

USCIS exige fotografías sin retoques ni mejoras digitales, por lo que no debes modificar el rostro o aplicar filtros antes de adjuntarlas. También deben presentarse sin montar. Una imagen editada puede retrasar el expediente y provocar una cita para verificar tu identidad; utiliza una fotografía que cumpla los requisitos originales.

¿Qué hago si aprobaron el permiso pero no llegó la tarjeta?

USCIS indica esperar un total de 30 días desde la aprobación antes de consultar por una tarjeta no recibida. Revisa primero la dirección registrada y el número de seguimiento disponible en el estado del caso. Si supera ese plazo, utiliza la herramienta e-Request indicada en la página del I-765.

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Heidy Ramirez
Soy comunicadora social. He trabajado en periodismo en áreas que apoyan el desarrollo de la sociedad. Colaboro con el contenido de Trámites USA informando a las comunidades latinas sobre sus deberes, derechos y oportunidades.
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