Todo sobre el permiso de viaje para refugiados

Por Equipo de redacción
Actualizado el 24 de septiembre, 2024
Tiempo estimado de lectura: 7 minutos

Puede que parezca raro que una persona que pide protección en un país quiera salir de él aunque sea temporalmente, pero es algo completamente normal. No obstante para que se pueda dar esta concesión se requiere una buena razón y se debe cumplir con un proceso migratorio ante las autoridades competentes. En este texto te adelantamos la información más importante que debes conocer sobre el permiso de viaje para refugiados.

Permiso de viaje para refugiados.
Si eres refugiado debes tener una razón válida para viajar fuera de Estados Unidos: encontrarse con algún familiar enfermo, razones de trabajo o por tu desarrollo profesional.

¿Por qué una persona querría viajar fuera de EE. UU.? 

Se puede originar la necesidad de salir de viaje por muchas razones. Una de ellas y la más importante, por ejemplo, para encontrarse con algún familiar en una situación difícil fuera del área de peligro, es decir de su país de origen. También puede requerir trasladarse por razones de trabajo o de desarrollo profesional (dar una conferencia o asistir a un evento). Pueden ser muchas las motivaciones justificadas que requieran la solicitud del “Documento de Viaje” mediante el Formulario I-131. Tomarse unas vacaciones en otro continente no es una opción válida, por tanto ten cuidado con ello.

¿Para qué sirve el Formulario I-131?

Como sabes, toda la información que necesites siempre la encuentras en USCIS, el servicio de inmigración. En líneas generales, la forma I-131 es la que te otorga el permiso, la debes usar si necesitas: 

  • Permiso Adelantado de Reingreso (Advance Parole): permite a ciertos individuos que están en el proceso de ajustar su estatus migratorio (como solicitantes de la tarjeta verde) viajar temporalmente fuera de los Estados Unidos y regresar sin afectar su solicitud pendiente. Puedes leer más sobre el parole aquí.
  • Documento de Viaje para Refugiados (Refugee Travel Document): es para refugiados o asilados en los Estados Unidos que necesitan viajar fuera del país. Este documento facilita su reingreso a los Estados Unidos.
  • Permiso de Reingreso (Reentry Permit): para residentes permanentes legales (titulares de la tarjeta verde) que necesitan permanecer fuera de los Estados Unidos por un período prolongado. El permiso de reingreso permite que su estatus de residencia permanente no se vea afectado durante su ausencia.

¿Cómo es el proceso de solicitud? 

Se lleva a cabo antes de salir de Estados Unidos. En la página de USCIS descargas la forma I-131 y la completas siguiendo las instrucciones. Es recomendable que este trámite se haga al menos con 60 días de antelación porque se deben considerar los tiempos de procesamiento de esa dependencia gubernamental.

Si tienes una necesidad urgente de viajar fuera de Estados Unidos, debes recurrir a otros recursos como el Procesamiento Expedito o Viaje de Emergencia (necesidades médicas, enfermedad grave o fallecimiento de un familiar cercano, situación humanitaria, graves pérdidas económicas, etc). 

Ten en cuenta que probablemente puedes salir del país aunque el permiso no haya sido aprobado pero está en espera y podrías solicitar que te lo envíen al país donde vayas a estar. Pero aunque esto es una posibilidad, USCIS tiene la potestad de tomar cualquier otra decisión. 

Los pasos son: 

  • Descargar el Formulario I-131 e imprimirlo (revisa siempre las últimas versiones aceptadas). 
  • Llenar todos los datos. Firmar el documento, no se permiten firmas impresas o selladas, una persona adulta puede firmar por alguien que no pueda hacerlo (incapacidad mental o física)..
  • Adjuntar la evidencia que se solicita en las instrucciones.
  • Pagar el trámite. Ten en cuenta que las tarifas varían dependiendo de varios factores, por lo cual debes buscar en esta tabla cuánto te corresponde pagar. 
  • Enviar el expediente con la solicitud. En esta página están todas las direcciones físicas a las cuales se debe mandar el documento dependiendo del estatus del solicitante. Y en este enlace puedes encontrar las listas de respaldos o información que requieres presentar con el formulario (prueba de identidad, fotos, pasaporte, pruebas de la necesidad de viajar y otros). Recuerda que todo debe estar traducido al inglés por un profesional certificado.
  • Esperar la cita para los datos biométricos (que puede darse o no según lo determine USCIS).
  • Recibir el documento o permiso. La oficina de gobierno puede contactarte para pedir más información. Y en algunos casos se podría requerir una entrevista.  

NOTA IMPORTANTE: esta solicitud también la puedes hacer en línea. Y si deseas recibir un correo electrónico y/o mensaje de texto indicando que se ha aceptado tu formulario por parte de USCIS, debes completar el Formulario G-1145, Notificación electrónica de aceptación de solicitud/petición, y adjuntarlo en la primera página de su formulario.

¿Cuánto puede tardar el trámite? 

Puede variar, dependiendo del volumen de solicitudes y la ubicación de las mismas. Puedes consultar los plazos de tramitación de los expedientes en línea accediendo a tu cuenta myUSCIS o en la sección “Check Case Processing Times”.

¿Dónde solicitar información?

Puedes ubicar el USCIS Contact Center (www.uscis.gov/contactcenter), para encontrar datos adicionales sobre la aplicación y cómo llenarla, así como qué hacer en caso de cambio de dirección y otros temas. También tienes un número a disposición: 800-375-5283 (TTY 800-767-1833). El centro brinda apoyo en inglés y español.

Permiso de viaje para refugiados.
Debes saber que si viajas al país donde sufriste persecución podrías correr el peligro de no volver a entrar a suelo estadounidense.

¿Cuál es la validez del documento de viaje? 

Tiene vigencia de 1 año y esta validez no puede ser extendida. 

Es importante tener en cuenta

El proceso de solicitud del permiso es sencillo, ya que como todos los trámites se trata de llenar un formulario preestablecido, sin embargo es bueno que sepas que viajar fuera de Estados Unidos puede tener graves consecuencias relacionadas con la inmigración y esta advertencia está explícita en la página de USCIS. 

La admisión o el permiso de ingreso en Estados Unidos no está garantizado incluso si tienes los documentos apropiados. Podrías pasar por una inspección o examen de inmigración en un puerto de entrada para determinar si puedes ser admitido(a) o tener permiso condicional en el país y si eres elegible para el estatus de inmigración que buscas (previo a tu salida). Así también si estando en el país no declaras tus impuestos, puede que esto te obstaculice si quieres reingresar (aun teniendo el permiso de viaje). 

¿Puedes viajar a donde sufriste persecución? 

Puedes viajar al lugar del cual declaras tener miedo de persecución, pero debes tener en cuenta que la concesión de tu asilo puede terminar debido a que podría argumentarse que ya no hay condiciones adversas. Así el viaje podría interpretarse como que no hubo persecución en el pasado.

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