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¿Pueden rechazar la solicitud de Visa a USA?

Por IntFormalities
Actualizado el 02 de noviembre, 2023
Tiempo estimado de lectura: 5 minutos

La respuesta a la pregunta es: Si. El proceso de inmigración a Estados Unidos es complejo, pero no puede ser de otra manera para un país que recibe miles de solicitudes anualmente para entrar por diferentes razones: negocios, estudios, turismo, matrimonio, presentaciones artísticas o deportivas y tantas otras. La solicitud está cargada de ilusión para cumplir el objetivo personal en territorio estadounidense, pero muchas veces puede transformarse en cierta decepción si el permiso de entrada es rechazado (función exclusiva del funcionario consular). Esto puede pasar, pero las probabilidades bajan si se toman las medidas adecuadas. 

<em><sup>Las razones por las que una visa puede ser rechazada varían Descubre cuáles pueden ser <sup><em>

¿Por qué puede negarse la visa?

En la Página del Buró de Asuntos Consulares del Departamento de Estado, se indica que  una solicitud se puede negar porque:

1. El funcionario consular no tiene toda la información requerida para determinar si el solicitante es elegible para recibir una visa.

2. El solicitante no califica para la categoría de visa para la cual está aspirando.

3. La información revisada indica que el solicitante está en el segmento de los motivos de inadmisibilidad o inelegibilidad de la ley, como por ejemplo acciones actuales, como drogas o actividades delictivas.

Con relación a este último punto puede tratarse de casos en que el solicitante:

  • Fue condenado por un delito que involucra bajeza moral o por una violación de drogas.
  • Tiene dos o más condenas penales por las cuales la sentencia total de reclusión fue de 5 años o más.
  • No proporcionó una declaración jurada de apoyo adecuada cuando se requería una; por lo tanto negado bajo carga pública.
  • Falsificó un hecho material o cometió fraude para intentar recibir una visa.
  • Anteriormente permaneció más tiempo del autorizado en los Estados Unidos.

En ocasiones se puede apelar a la decisión del funcionario consular y solicitar una reconsideración, pero en otras no hay nada que hacer y la imposibilidad de entrada es permanente. Para obtener más información, se pueden revisar las inelegibilidades de visa en la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA).

Inelegibilidad permanente

Quienes definitivamente no pueden entrar con una visa a Estados Unidos ni apelar por la misma son las personas que:

  • Tienen una enfermedad que se considera como transmisible y de riesgo para la salud pública.
  • Presentan un trastorno físico o mental y un comportamiento asociado con el trastorno que puede representar, o ha representado, una amenaza para la propiedad, la seguridad o el bienestar del extranjero o de otros.
  • Cometieron ciertos delitos de bajeza moral como se comentó antes o violaron leyes estadounidenses.
  • Fueron sentenciadas en varias oportunidades por diferentes delitos.
  • Han estado involucradas con el delito de la prostitución. 
  • Señaladas como infractores de la ley por tráfico de sustancias químicas ilícitas.
  • Han sido funcionarios que han atentado contra la libertad de culto en otros países.
  • Se consideran culpables o señaladas como traficantes de personas.
  • Pertenecientes a organizaciones terroristas, acusados de atentados o personas entrenadas militarmente por tales agrupaciones.
  • Acusadas de sabotaje, atentado a personas.
  • Han apoyado a gobiernos o partidos totalitarios, movimientos genocida o nacismo.
  • Han tenido conexión con reclutamiento de niños para convertirlos en soldados o combatientes.
<em><sup>Si no está de acuerdo con la negación de la visa debe apelar a la misma<sup><em>

¿Cómo apelo a la negación de la visa?

Si el oficial en la entrevista le dice a la persona solicitante que su visa es negada, en la mayoría de los casos se explica la razón o la sección de la ley que se aplica, así también si puede solicitar una exención de su inelegibilidad, o lo que es lo mismo, apelar a la decisión. Este procedimiento se hace ante la Oficina de Apelaciones Administrativas de USCIS (AAO) o la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA), una oficina dentro del Departamento de Justicia.

Por lo general, sólo el peticionario puede presentar una apelación o moción de una petición de visa denegada o revocada. Este proceso se hace usando el Formulario I-290B, Notificación de Apelación o Moción, pero existen algunas excepciones según los casos, por lo cual es mejor revisar en detalle en la sección correspondiente de la página de USCIS. Aunque no se pide, el solicitante puede adjuntar a su formulario cualquier documento que considere conveniente o que sume a su apelación para esclarecer algún hecho. Generalmente se calculan 180 días como mínimo para tener la resolución.

Algunos datos para no perder de vista

USCIS enfatiza en que una carta escrita no se considera una moción ya que la misma debe ser presentada en el formulario apropiado y enviada con la tarifa requerida (a menos que se apruebe una petición de exención de tarifas). Así también solo se tienen 30 días a partir de la fecha que se tomó la decisión (no la fecha en que usted recibió la decisión). Sin embargo, se conceden 3 días adicionales cuando se le envía la decisión por correo (para un total de 33 días para responder).

Por otra parte, si la moción se aprueba no cambia para nada el tiempo estipulado de permanencia inicialmente. En cuanto a la tarifa, ésta depende de cada formulario y del caso, por tanto debe revisar el suyo para saber cuánto va a pagar. Este dato se encuentra en la sección “todos los formularios” de la paǵina de inmigración. Por último si no tiene el monto para pagar también puede solicitar una exención de tarifas, pero en caso de que pague y la decisión sea desfavorable, el monto no es devuelto.

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